¿Hasta cuándo tendremos que soportar el poniente granadino?



Nos arrepentiremos algún día de haber contribuido a la destrucción de la Comarca de Alhama, pero para entonces será tarde y nos habrá absorbido Loja.


 Fueron avisos constantes a la anterior corporación, fueron en vano, porque a veces, y como dice el refrán los árboles no nos dejan ver el bosque. El invento urdido por una clase política para hacer que desaparezca la Comarca alhameña y entregarnos de lleno a la de Loja sigue adelante, y nadie la detiene, y esto se llama poniente granadino.

 Hay establecimientos, empresas alhameñas, que en sus cartas, en las etiquetas de sus productos dan preferencia a esta burda maniobra de destrucción de la Comarca alhameña haciendo toda clase se referencia al mal llamado poniente, apoyados por los medios de comunicación ignorantes o interesados.

 ¿Para cuándo se eliminará y desaparecerán todos estos carteles sustituyéndolos por Comarca de Alhama?, y por supuestos ubicándolos a la entradas de la misma, esto es al pasar el Boquete de Zafarraya y al llegar al término comarcal antes de Buenavista.

 El Patronado de Estudios Alhameños aprobó el pasado año hacer esta petición a la corporación, e imaginamos que también la hará llegar a la actual, a fin de eliminar toda referencia al mal llamado poniente granadino que se quiere convertir en la comarca que elimine a la de Alhama y cuya capital sea Loja.

 Esta misma determinación del Patronato hizo que la propia Mancomunidad de municipios pasara a debatir la siguiente moción.

Moción

       
    No nos quejemos de que Alhama pierde servicios en favor de Loja si estamos consintiendo que se nos inluya en el mal llamado PONIENTE GRANADINO, porque estamos haciendo de Loja la capital  
       

 Las raíces de la comarca de Alhama se remontan a la misma Edad Media, a la época musulmana, cuando eran dependientes de esta ciudad, como alquerías de la misma,  Arenas, Cacín, Fornes, Játar y Jayena así como otros lugares que, con el paso del tiempo, se convertirían en nuevas poblaciones. Después, en el siglo XVI en concreto, se conceden unas tierras al comendador de Calatrava y se inicia lo que sería Santa Cruz de Alhama y, tras los Terremotos de 1884, del Comercio, y con otras donaciones de tierras comienzan también en el indicado siglo, las construcciones en el Campo de Zafarais, concretamente unas ventas para asistencia y seguridad de los caminos, lo que culminará en la primera mitad del siglo XIX con la segregación del territorio alhameño del municipio de  Zafarraya con las poblaciones de Zafarraya, con Calar del Rey y Chozas de Almendral, y Ventas de Zafarraya.

 Sobre este territorio principalmente, como soporte geográfico e histórico, se ha venido asentando lo que de algún modo podía definirse, y ser, la comarca de Alhama en los ordenes administrativo y judicial -también en el eclesiástico- en estos últimos siglos, sumándosele municipios y poblaciones limítrofes a este núcleo central histórico, cumpliéndose la vieja definición de que en España un Partido Judicial es una unidad integrada por uno o varios municipios limítrofes y pertenecientes a una misma provincia, denominándose Cabeza del Partido Judicial a la población, generalmente la más grande, donde se ubica el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, en este caso Alhama.

 Aunque la Constitución de 1812 ya daba pie a la nueva distribución del territorio a efectos judiciales, mediante la creación de Partidos Judiciales, sobre los cuales se asentaría la novedosa estructura en lo judicial, en lo que se daría un importante avance durante el Trienio Liberal (1820-1823), completándose una división en partidos que sin muchas modificaciones sustanciales se mantuvo hasta bien entrada la segunda  mitad del siglo XX. La división judicial del territorio de Granada se efectuó en abril de 1820, fijándose los Partidos Judiciales de Granada entre los que se encontraba el de Alhama, el que en el orden político-administrativo se convertiría en distrito electoral para las elecciones de diputados provinciales.

 La nueva división territorial de España en provincias del 30 de noviembre de 1833, la de Javier de Burgos, la que estableció que las demarcaciones militar, judicial y de hacienda debían coincidir con la administrativa de provincias que se implantaba, dieron paso a la normas que articularon el territorio español en provincia y partidos judiciales.

 Concretamente, el Real Decreto de 21 de abril de 1834 planteaba la urgencia de efectuar la división de Partidos Judiciales por los grandes beneficios que debían de resultar a los pueblos la más pronta administración de justicia, además de que esta medida se hacía más imperiosa y perentoria, porque ello habría de proporcionar la base adoptada en el Estatuto Real para las elecciones de los procuradores del Reino en las  Cortes Generales.

Así, la provincia de Granada se distribuía en trece partidos judiciales, comprensivos de 244 pueblos, 89.753 vecinos y 370.974 almas, siendo los siguientes: Alhama (16 pueblos), Baza (7), Granada (27 y 3 juzgados), Guadix (39), Huéscar (6), Iznalloz (23), Lanjaron (28, capital Orgiva), Loja (5), Montefrío (7), Motril (18), Santa Fe (23), Torbizcón (25, capital Albuñol) y Ugijar (18).

 Concretamente el Partido Judicial de Alhama, en aquellos momentos sumando un total de 3.994 vecinos y 16.981 almas, comprendía, según relacionaba el indicado Real Decreto, las poblaciones de Ácula, Agrón, Alhama, Arenas del Rey, Cacín, Chimenas, Fornes, Jayena, Jàtar, Moraleda, Noniles, Santa Cruz, Tajarja, Turro, Ventas de Huelma y Zafarraya.

 Quizá la descripción más completa de lo que era el Partido Judicial de Alhama en aquellos primeros años nos la encontramos en el Diccionario Geográfico-Estadístico-Histórico de España y sus Posesiones de Ultramar de Pascual Madoz, la que se redactaría hacia 1844 y ve su publicación en la primera edición de 1845, y la que comienza de la siguiente forma:

 “ALHAMA: part. jud. de entrada en la prov., aud. trr. c. g. y dióc. de Granada,  compuesto de 1 c. 2v. 11 l. y 19 ald. ó cortijada que reúnen 13 ayuna.”, Ofreciendo a continuación un interesante cuadro de distancias entre las distintas poblaciones, así como con Granada y Madrid, y relacionándolas de la siguiente forma: Alhama, cabeza del partido judicial de su nombre, Agrón, Arenas del Rey (se llamó Arenas de Alhama mientras fue una alquería de la ciudad de Alhama), Cacín, Chimeneas, Jornes (se trata de una errata de Fornes) Jayena, Jatar, Moraleda, Santa Cruz de Alhama, Ventas de Huelma, Zafarraya.

       
    Para nuestra vergüenza hay políticos alhameños interesados en que pertenezcamos a Loja mediante el poniente  
       

 A continuación efectúa la siguiente información aclaratoria. “No se incluye en el anterior cuadro el nuevo lugar de Ventas de Zafarraya, por la corta distancia que media entre el mismo y los de Calar del Rey y Chozas de Almendral que constituyen el Ayuntamiento que se llama de Zafarraya. Por igual razón no se hace mérito de la aldea de Turro, aneja de Cacín, de las de Noniles, Tajarja y Chozal de Rebelles, agregadas al Ayuntamiento de Chimeneas, de Ácula, Ochichar, Zahora y Cicullar o Cortijo de los Frailes, que lo están al de Ventas de Huelma, del grupo de casas nombrado la Mata, Ventas de Zafarraya, ni de los cortijos y cortijadas de Arbollar, Burriancas, Dedil, Tatimbullar, Fuente de los Morales, Navazo de San Pedro y otros varios, incorporados respectivamente a los ayuntamientos que hemos mencionado”.

 Esta amplia información del Madoz sobre el Partido Judicial de Alhama es completísima y sumamente curiosa. Tras concretar la situación del partido y la extensión del mismo, nos  describe geográficamente todos sus aspectos, siendo  muy interesante la descripción que nos hace de cada una de las sierras y montañas, de los ríos, de las producciones “cultas e incultas de este territorio”, de sus actividades industriales y comerciales, etc.

 Oportuno es transcribir, para que no nos olvidemos de nuestros viejos males y pesares en lo que respecta a Alhama, ciudad y comarca, y al entorno que le ha tocado vivir durante siglos, lo referente a comunicaciones en aquellos años en los que faltaban unos pocos para alcanzar la mitad del siglo XIX: “El CAMINO principal es el de Granada a Málaga, que pasa por Ventas de Huelma, Cacín, Alhama y Campo de Zafarraya, y tiene algunos trozos abiertos para ruedas a costa de la Sociedad Económica de Amigos del País, y algunos particulares: es mucho más corto que el que va de una a otra de dichas ciudades por Loja, y por tanto merece  bien fijar la atención del Gobierno, a fin de poner más expedita y pronta la comunicación entre dos capitales grandes y ricas, que mutuamente se abastecen, y en las que en tal caso se aumentaría considerablemente el comercio. Sobre ello se ha formado el oportuno expediente, y aunque hasta ahora no ha tenido los provechosos resultados que se propusieran los que lo crearon, de desear es que el Gobierno remueva los obstáculos que puedan oponerse a su conclusión, en beneficio de las provincias de Granada y Málaga”.

 Como ya adelantaba  en su introducción el mismo Real Decreto de creación de los Partidos Judiciales, esta subdivisión territorial seria el soporte para las elecciones de los Procurados del Reino, pronto denominados Diputados a Cortes. Por ejemplo, el Distrito Electoral de Alhama para la Elección de Diputados a Cortes, con algunas variaciones durante los años que existió, entre 1846 y 1923, comprendería las siguientes poblaciones: Alhama, Agrón, Arenas del Rey, Albuñuelas, Béznar, Cacín, Cajar, Conchar, Cozvijar, Cúllar Vega, Chimeneas, Dúrcal, Escúzar, Fornes, Gojar, Jayena, Jatar, Moraleda de Zafayona,, Melegís, Murchas, Malá, Nigüelas, Otura, Padúl, Restábal, Salares, Santa Cruz del Comercio, Ventas de Huelma, Ventas de Zafarraya y Zubia, esto concretamente en 1895.

 La relación de personalidades elegidas-designadas por el Distrito Electoral de Alhama fue realmente sobresaliente, comenzando por el primero que lo fue, Francisco Martínez de la Rosa, que representó a este Distrito  en las legislaturas comprendidas entre 1846 y 1850, quien fue en su larga e histórica carrera política nueve veces presidente del Congreso de los Diputado, y concluyendo por el último, Joaquín de Montes y Jovellar, quien fue diez veces consecutivas elegido por el Distrito de Alhama, desde 1905, que sucedió a su padre, Nicasio de Montes Sierra, hasta 1923, llegando a ser ministro de Gracia y Justicia e interino de la Gobernación.

 En lo que se refiere a las elecciones provinciales para la Diputación Provincial, el Distrito Electoral por esta comarca comprendía en concreto los pueblos que conformaban el Partido Judicial de Alhama de Granada, siéndolo así prácticamente desde las creación de las Diputaciones Provinciales, en la primera  mitad del siglo XIX hasta la entrada en vigor de la Constitución de 1978.

 A lo largo de los siglos XIX y principios del XX la evolución de los partidos judiciales en nuestra provincia fue algo fluctuante, aunque en el caso de Alhama de Granada fue manteniéndose prácticamente igual durante ese tiempo.

       
    No debemos permitir ninguna promoción ni acción en la que Alhama sea incluida en el Poniente  
       

 La gran reforma de los Partidos Judiciales de noviembre de 1965, por la que se modificaba en general el número de partidos judiciales por el sistema de agregación de unos a otros, nos afecto dura y directamente. El artículo primero de aquél decreto disponía que en forma  sucesiva y a medida que quedasen vacantes los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción que se relacionaban por falta de jueces o aspirantes que pudiesen servirlos, el territorio a que alcanzaba su jurisdicción pasaría a integrarse a los partidos judiciales que se expresaban y, concretamente, en lo que a la provincia de Granada se refería, se establecía lo siguiente: Alhama de Granada y Montefrío, incorporados a Loja; Albuñol y Ugijar, adscritos a Orgiva; Iznalloz y Santa Fe, anexionados a Granada, y Huescar, incorporado a Baza.

 Durante algún tiempo más Alhama de Granada siguió siendo cabeza de Partido Judicial, dado que el entonces juez de Primera Instancia e Instrucción de Alhama de Granada, permaneció todo el tiempo que le fue posible, después nos quedamos tan sólo con el Juzgado Comarcal, hasta que llegó la Ley de Demarcación y Planta Judicial de 1988, precisamente de 28 de diciembre, con lo que Alhama perdía el Juzgado de Distrito, antes denominado Comarcal, también en beneficio de Loja.

 Perdida la categoría de Partido Judicial, nuestra comarca, los pueblos en concreto de Alhama de Granada, Arenas, Cacín, Fornes, Jatar, Jayena, Santa Cruz del Comercio, Ventas de Zafarraya y Zafarraya como si la historia volviese a empezar después de más de seis siglos, constituían el 15 de Febrero de 1990, la Mancomunidad de Municipios Alhama-Temple, en la actualidad  más acertadamente denominada de la Comarca de Alhama de Granada.

 En modo alguno podemos seguir dejando que nos desfiguren y confunda nuestra identidad comarcal. Así, hemos de pronunciarnos sin paliativos y actuar donde y como corresponda,  no solo en favor de que se reconozca la Comarca de Alhama de Granada como tal, sino en que se le den los contenidos que, en todos los ordenes y sentidos, a este conjunto de pueblos y habitantes le corresponde.

 Uno de ellos, de enorme importancia y gran significado en el sentido que venimos exponiendo es  que uno de los Juzgados de  Primera Instancia e Instrucción del Partido Judicial al que ahora pertenecemos, el de Loja, el nº 3 de nueva creación, tenga su sede en Alhama de Granada y con ello su dedicación territorial a lo que es nuestra comarca. 

II.- LA ACTUALIDAD

 Sería procedente explicar las razones sociológicas, económicas o históricas que justifiquen porqué la comarca de Alhama se ha visto dentro de algo tan artificial como inexistente...". La cita era utilizada en las páginas de Alhama.com  del pasado 6 de noviembre de 2008 como “crítica” a la omisión de la “Comarca de Alhama de Granada” en una publicación del Patronato Provincial de Turismo de Granada, titulado “Granada Comarca a Comarca” en la que bajo el nombre de “Poniente” se agrupan la Comarca de Loja, la Comarca de Los Montes  y parte de la Comarca de Alhama de Granada, sin citarlas, de la cual, evidentemente, por situación geográfica, servicios, comunicaciones y población, la “capitalidad” corresponde a Loja.

 Como consecuencia de ello, se ha planteado la cuestión acerca de la existencia de la comarca de Alhama de Granada como tal. Al respecto, es cierto que administrativamente es una asignatura pendiente de la Comunidad Autónoma Andaluza la definitiva comarcalización de Andalucía. Por esta razón, como tal, no es posible hablar de una demarcación administrativa comarcal en sentido estricto. Pero ello es así, tanto respecto de la “Comarca de Alhama de Granada” como de la pretendida nueva “Comarca del Poniente Granadino”. Sin embargo, lo que si sorprende un poco es que aunque esa comarcalización andaluza no se haya materializado, se llegue a poner en duda que  en un sentido histórico lo que existe con raíces propias es la “Comarca de Alhama de Granada”, si bien, con indefinición de sus límites cuando se extiende por las tierras del “Temple”. Ello es tan evidente como que la propia Consejería de Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía en la  Orden de 14 de Marzo de 2003, “Por la que se aprueba el mapa de comarcas de Andalucía a efectos de la planificación de la oferta turística y deportiva” ,  incluye en la Comarca de Alhama de Granada – a efectos de la planificación de la oferta turística y deportiva-  los municipios de Agrón,  Alhama de Granada,  Arenas del Rey,  Cacín,  Chimeneas,  Escúzar,  Jayena,  La Malahá,  Santa Cruz del Comercio, Ventas de Huelma y Zafarraya.

 La mencionada Orden de 14 de marzo de 2003 (ahora no hablamos de historia, no nos remontamos ni al siglo XV, ni al romanticismo de los viajeros europeos de finales del Siglo XVIII y principios del Siglo XIX que pasearon por nuestra ciudad), expresamente señala lo siguiente: “La presente Orden tiene por objeto establecer el marco territorial adecuado para la planificación de la oferta turística y deportiva. Como referencia se ha utilizado el ámbito comarcal, considerado bien como el compuesto por el conjunto de varios términos municipales completos y limítrofes, bien por un solo municipio, cuando la extensión de su término así lo aconseje, en el cual existe una realidad cultural, social y económica que lo distingue de otras comarcas andaluzas como consecuencia de las especiales relaciones existentes entre su territorio, población y actividades económicas y sociales. Este ámbito se corresponde con los niveles nuts cuatro. De este modo, con su aprobación se identifica cada comarca con la finalidad de programar las políticas con carácter general, adaptándolas a las circunstancias y peculiaridades de cada uno de los ámbitos territoriales en los que se ejecuten”… “Para hacer efectivo lo anterior, la Consejería de Turismo y Deporte aprueba mediante la presente Orden el mapa comarcal de Andalucía, teniendo como único fin el de delimitar ámbitos territoriales sobre los que desarrollar la planificación turística y deportiva, sin, por otra parte, afectar en modo alguno a la estructura territorial de Andalucía”.

 Es posible, que esa es la única normativa de comarcalización existente en Andalucía y, la misma, es posterior a la creación del llamado “Poniente Granadino”, que administrativamente no es mas que la constitución de un “Consorcio para el Desarrollo Rural del Poniente Granadino, constituido entre la Diputación de Granada y los municipios de Montefrío, Illora, Moclín, Algarinejo, Zagra, Loja, Huétor-Tájar, Villanueva de Mesía, Salar, Moraleda de Zafayona, Alhama de Granada, Arenas del Rey, Santa Cruz del Comercio, Zafarraya, Cacín y Jayena”, dentro de la iniciativa Europea Leader II ; obviamente con entidad administrativa propia, por tiempo indefinido, pero …., sin que en ningún momento ello implique renunciar a la realidad social, cultural y económica de cada una de las comarcas que lo integran y de sus respectivos ámbitos de influencia.  El problema surge cuando, sobre el año 2000, el “Consorcio del Poniente Granadino” pasa a constituirse en “Asociación para el desarrollo sostenible del Poniente Granadino” y en sus textos comienza a identificarse el territorio que conforman los 16 municipios asociados como la “Comarca del Poniente Granadino”. Al denominar “Comarca” a la asociación de 16 municipios pertenecientes a  distintas comarcas históricas, la confusión se acrecienta.

       
    Nuestro respeto a los amigos y vecinos de Loja, pero no queremos que nos instrumentalicen como un anejo más  
       

En principio,  si el “Poniente Granadino” no aspirarse a ser considerado “Comarca” como tal, una cosa y otra no debería ser incompatibles,  al contrario, podrían  ser complementarias y mutuamente beneficiosas. Téngase en cuenta que la comarcalización elaborada por la Consejería de Turismo y Deportes para la promoción turística y deportiva comarcalizada de Andalucía es de 2003, es decir, casi dos lustros después de la creación del consorcio de municipios agrupados administrativamente bajo el nombre de “Poniente Granadino”.

Es cierto que todo tipo de iniciativas de desarrollo económico en zonas rurales son necesarias y deben de articularse agrupando recursos que permitan poner en valor cada una de las peculiaridades propias de la tierra. En este último sentido, sean todas bienvenidas como, por ejemplo, la última que agrupa en proyectos conjuntos a las distintas villas termales andaluzas que tendrá su sede en Alhama de Granada. Pero de ahí, a confundir un Consorcio de Municipios o una Asociación de Desarrollo Rural con una identidad comarcal va un abismo. En la constitución del Consorcio del Poniente Granadino, aunque se trata de encontrar un origen histórico al propio nombre , como no podía ser de otra manera, de inmediato pasa a afirmarse que “el nombre de Poniente Granadino es algo totalmente nuevo, es prácticamente desconocido por la población del territorio y por supuesto en el exterior, es decir, no existe una identidad que aglutine el conjunto del territorio”.  Conformándose por tres “Comarcas históricas”: la “Comarca de Loja”, la “Comarca de Los Montes” y la “Comarca de Alhama de Granada”, tratando de articularse el eje vertebrador común en ser “La última frontera de Al-Andalus”.

 A inicios de los noventa, en la zona de Alhama de Granada se conforma una entidad supramunicipal para la prestación mancomunada de determinados servicios denominada originariamente “Mancomunidad de Municipios de Alhama-Temple”, para pasar posteriormente a llamarse “Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Alhama de Granada”, conformada por los ayuntamientos de Alhama de Granada, Santa Cruz del Comercio, Arenas del Rey, Cacín,  Jayena y Zafarraya. Este puede ser el origen de la identificación de la “Comarca de Alhama de Granada” en el Consorcio del Poniente Granadino exclusivamente con estos seis municipios.

 Si se observa la propia Orden de la Consejería de Turismo y Deporte sobre la comarcalización de Andalucía, se deduce claramente que la Comarca de Alhama  de Granada aparece constituida por 11 municipios: Agrón,  Alhama de Granada,  Arenas del Rey,  Cacín,  Chimeneas,  Escúzar,  Jayena,  La Mala,  Santa Cruz del Comercio, Ventas de Huelma y Zafarraya;, que con alguna que otra variación respecto a los límites con la zona del Temple, coincide con la Comarca de Alhama a lo largo de la historia, constituyendo el paso entre Málaga y Granada. Sin embargo, la “Comarca de Alhama” a efectos administrativos, tanto en la Mancomunidad de Municipios de de la Comarca de Alhama de Granada como en la Asociación para el desarrollo sostenible del Poniente Granadino, aparece conformada exclusivamente por seis Municipios (Alhama de Granada,  Arenas del Rey,  Cacín,  Jayena,  Santa Cruz del Comercio y Zafarraya),  quedando fuera los municipios de Agrón, Chimeneas, Escúzar, La  Malahá, y Ventas de Huelma. Es decir, cinco de los Municipios de la Histórica Comarca de Alhama de Granada, desaparecen de los entes administrativos mancomunados creados que hacen referencia expresa a la “Comarca de Alhama de Granada”, supuestamente en su sentido histórico.

 Para hacer más complejo el problema de la difusión turística de Alhama de Granada, desde 1999 existe otro “ente” administrativo supramunicipal con incidencia directa en parte de la Comarca de Alhama de Granada, en este caso con una delimitación territorial que abarca parte de la Provincia de Granada y parte de la Provincia de Málaga, pero en el que, de nuevo, el Municipio con más extensión en el mismo es el de Alhama de Granada. Efectivamente, se trata del Parque Natural de las Sierras Almijara, Tejeda y Alhama. En este caso,  los municipios a los que afectan son los de Alhama de Granada, Arenas del Rey, Jayena, Otivar, Alcaucín, Canillas de Aceituno, Canillas de Albaida, Competa, Frigiliana, Nerja, Salares, Sedella . Tres de ellos (Alhama de Granada, Arenas del Rey y Jayena) pertenecientes a la Comarca histórica de Alhama de Granada, a la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Alhama de Granada y a la Asociación de desarrollo sostenible el “Poniente Granadino”.

       
    Es el momento en que Alhama y Comarca plante cara y diga ¡basta! a quienes quieren incluirnos en este invento de intereses llamado poniente
 
       

 El problema se complica un poco más cuando el nuevo nombre de “Poniente Granadino”, sin un fundamento sólido pero dando lugar a confusiones innecesarias, es utilizado por la Diputación Provincial de Granada, en su Patronato de Turismo, en la información turística “Comarca a Comarca” que edita el Patronato Provincial de Turismo, incluyendo ahora en la “Comarca” del Poniente Granadino, a cuatro de los municipios excluidos de la Asociación para el Desarrollo Sostenible del “Poniente Granadino”, es decir, a Escúzar, Ventas de Huelma, Agrón y Chimeneas. Dejando fuera del mismo sólo al Municipio de la Maláha, que formara parte de la “Comarca de Alhama de Granada” en la Comarcalización de Andalucía elaborada por la Consejería de Turismo y Deporte en 2003, que para esta Administración Provincial pasa a formar parte de la también nueva “Comarca de Granada”.

Es decir, la Comarca de Alhama de Granada tiene nombre propio, aglutina un territorio extenso (ciertamente que en la actualidad poco poblado) que conforman los límites municipales de los municipios que tradicionalmente han  constituido la histórica “Comarca de Alhama de Granada”. Es cierto que es beneficioso agrupar esfuerzos de promoción y desarrollo social y económico  en un ente administrativo superior, pero… ello no se debe hacer renunciando a una realidad social y cultural incuestionable.  Todas las administraciones y organismos (tanto los que cuentan con una trayectoria histórica como  de nueva creación) deben respetar el valor consolidado históricamente, y, en esta línea, es incuestionable el hecho de que  la Comarca de Alhama de Granada tienen vida propia, nombre propio… <<Marca propia>>.

La Comarca de Alhama de Granada debe recuperar su identidad comarcal propia. El municipio de Alhama de Granada, similar al de Loja, es el término municipal más extenso del Consorcio de Municipios aglutinados en el Poniente Granadino y el que más extensión ocupa en el Parque Natural de las Sierras Almijara, Tejeda y Alhama, con una enorme extensión fronteriza con la Provincia de Málaga y con otros municipios de distintas comarcas granadinas sobre los que extiende su ámbito natural de influencia. Ahora que se habla de rediseñar el mapa financiero autonómico, recogiendo los hechos diferenciales de cada Comunidad, también debemos reivindicar esa filosofía política en otros entes Administrativos. Un territorio tan extenso como el de la Comarca de Alhama, con un ámbito histórico de influencia tan extenso debe de ser reconocido como tal en todos los ámbitos administrativos de nuestra Comunidad Autónoma y no dejar dudas en cuanto a su identidad, identidad a la que no vamos a renunciar y que debe de reconocerse en todos y cada uno de los documentos que se publiquen por la distintas administraciones y hagan referencia a la identidad comarcal de nuestra tierra.

 Alhama es Comarca histórica y no debe permitir su elimación con las referencias al invento del poniente

     
 

DON SERGIO ANTONIO PÉREZ BOLÍVAR, SECRETARIO-INTERVENTOR DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA  ALHAMA DE GRANADA

Certifico: Que en la sesión extraordinaria y urgentecelebrada por la Junta General de esta Mancomunidad el día 24 de marzo de 2009 en el Salón de Plenos de la Entidad Local Autónoma de Játar, entre otros acuerdos se adoptó el siguiente cuyo tenor literal es el que sigue:

1.- MOCIÓN PARA LA COMARCALIZACIÓN DE LA COMARCA DE ALHAMA DE GRANADA.- Toma la palabra el Señor Presidente quien señala que con esta moción se trata de defender la identidad de esta Comarca. Posteriormente procede a dar lectura de la moción, cuyo tenor es el que sigue:

Moción presentada por los representantes del partido socialista de los municipios de Alhama de Granada, Arenas del Rey, Cacín, Fornes, Jatar, Santa Cruz del Comercio, Ventas de Zafarraya y Zafarraya.

Los representantes del partido socialista obrero español arriba indicados en virtud de lo establecido en los artículos 91.4 y 97 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Entidades locales, presentan a la Junta General de la Mancomunidad de la Comarca de Alhama, la siguiente MOCIÓN:

(La expuesta anteriormente)

Propuesta de acuerdo:

1.- Solicitar a la Junta de Andalucía, que en la futura Ley de Comarcalización de Andalucía se reconozca a la Comarca histórica de Alhama de Granada.

2.- Solicitar a la Diputación Provincial de Granada la rectificación de toda la documentación institucional que no reconozca la Comarca histórica de Alhama de Granada.

3.- Dar traslado del acuerdo a los municipios que constituyen la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Alhama de Granada para que den traslado a sus respectivos plenos municipales de los acuerdos adoptados en esta moción y que adopten los acuerdos necesarios en defensa de la Comarca de Alhama de Granada.

4.- Dar traslado al presidente de la Junta de Andalucía, al  presidente de la Diputación Provincial de Granada y a los medios de comunicación de los acuerdos adoptados en defensa de la Comarca de Alhama de Granada”.

Una vez leída la propuesta de moción, el Señor Zamora Quesada señala que esta propuesta no se ha compartido con otros grupos políticos, con una clara intencionalidad de protagonismo político. Responde el Señor Presidente que no se ha intentado ese protagonismo político al que alude el Señor Zamora Quesada, sino de una moción presentada por un grupo político para la adhesión o no de los demás grupos que conforman la Junta General.

El Señor Zamora Quesada manifiesta que no la puede apoyar debido a la falta de debate dentro de su grupo político. Considera correcta esta moción, aunque con la retirada de la mención al grupo socialista.

A continuación, se somete a votación la propuesta del Señor Zamora Quesada de retirada de la mención “representantes del partido socialista”, arrojando el siguiente resultado:

- A favor: 1 voto (Señor Zamora Quesada).
- En contra: 9 votos:

Posteriormente se somete a votación la moción presentada por la Presidencia, siendo el resultado el siguiente:

- A favor: 9 votos.
- En contra: 1 voto (Señor Zamora Quesada).

Con lo cual queda aprobada por mayoría de votos la moción presentada por los representantes del partido socialista de los municipios de Alhama de Granada, Arenas del Rey, Cacín, Fornes, Játar, Santa Cruz del Comercio, Ventas de Zafarraya y Zafarraya.

Y para que conste y surta los efectos legales oportunos, expido la presente de Orden y con el Visto Bueno del Señor Presidente. Alhama de Granada 29 de junio de 2009.