La Audiencia Provincial de Granada designa por sorteo a las personas que podrán ser citadas para formar parte de un tribunal popular en los dos próximos años, en nuestra Comarca son; 6 de Alhama, 2 de Arenas del Rey, 1 de Cacín, 2 de Jayena, 1 de Santa cruz del Comercio y 2 de Zafarraya.
Esta especie de lotería ya tuvo lugar a finales de septiembre. En el bombo, el millón de mayores de edad que figuran en el censo electoral de la provincia, tal y como establece la Ley del Tribunal del Jurado de 1995. Partiendo de esa base de datos, se extrae un número aleatorio que identifica al primer elector y a partir de ahí se van incorporando el resto para conformar una lista de candidatos que está integrada por personas que podrían ser llamadas a juicio entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2018.
¿Está usted entre los ‘agraciados’? Para saberlo, lo primero que puede hacer es consultar la lista provisional de candidatos que la Audiencia Provincial publicó el pasado martes en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP, enlace aquí) y que también debe estar expuesta en todos los ayuntamientos. En este punto, resulta llamativo que, en contra del anonimato que suele imperar en este tipo de procedimientos, las personas seleccionadas vienen identificadas con nombres y apellidos.
Los candidatos de nuestra comarca son:
ALHAMA DE GRANADA (6)
BONILLA MORENO, MARÍA JESÚS
GÁLVEZ ARANDA, MARÍA
LUQUE TORRANO, MACARENA
MORENO MORENO, CONCEPCIÓN
PEULA LÓPEZ, MANUE
SALGADO CORREA, AMADEO
ARENAS DEL REY (2)
ARRABAL PÉREZ, GUSTAVO FRANCISCO
PÉREZ RETAMERO, FRANCISCA JOSÉ
CACÍN (1)
IBÁÑEZ PÉREZ, EXPIRACIÓN
JAYENA (2)
FERNÁNDEZ LARA, JOSÉ
RUIZ MOLES, ANTONIO
SANTA CRUZ DEL COMERCIO (1)
ORDÓÑEZ MARTÍN, IVÁN
ZAFARRAYA (2)
FUENTES MORENO, MARÍA MARISOL
PAREJO JIMÉNEZ, MARÍA LUISA
>>> Aquí tienes la lista completa de la provincia de Granada. (PDF 68 k)
Motivos para librarse
Teniendo en cuenta que pocos ciudadanos consultan el BOP y los tablones de anuncios de los consistorios, durante lo que queda de mes irán llegando a los buzones de los seleccionados una notificación oficial en la que se les comunica su inclusión en la lista, además de entregarle la información correspondiente sobre las causas de incapacidad, incompatibilidad o excusa que se pueden alegar para ser excluido. Las reclamaciones se pueden presentar ante el Juez Decano durante la primera quincena de noviembre y deben quedar resueltas antes de que finalice el mes. A partir de ese momento se publicarán las listas definitivas de los candidatos a ser convocados para formar parte de un jurado, siempre para juzgar algún delito cometido en la provincia. En cada causa se designan a 36 personas, también por sorteo, para así tener margen en el caso de que la Fiscalía o las defensas recusen a algunos de los candidatos. En este sentido, cabe reseñar que no cumplir con este deber conlleva una sanción de entre 150 y 1.500 euros.
Tal y como está reglado a nivel nacional, cualquier ciudadano puede ser citado para formar parte de un jurado salvo personalidades del Estado (Familia Real, miembros del Gobierno, presidentes autonómicos, diputados, concejales,…), jueces, abogados, efectivos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o funcionarios de prisiones. Además, se pueden excusar los mayores de 65 años, los que residan en el extranjero, quienes hayan ejercido de jurado en los últimos cuatro años, quienes desempeñen un trabajo relevante de interés general cuya sustitución originaría importante perjuicios, los militares cuando concurran razones de servicio o a quienes por cargas familiares les suponga un grave trastorno.
Cuestiones básicas sobre el jurado popular
• Función del jurado. Emitir veredicto declarando probado o no probado el hecho justiciable y proclamar la culpabilidad o inculpabilidad del acusado. Posteriormente, el magistrado es quien dicta sentencia e impone las penas.
• Tipos de delito. Homicidio, amenazas, omisión del deber de socorro, allanamiento de morada, cohecho, tráfico de influencias, fraude o malversación.
• 67 euros cobran por sesión los miembros del jurado (9 titulares y dos suplentes), además de gasto de desplazamiento y dietas.
• Requisitos. Ser mayor de edad, encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos políticos, saber leer y escribir, residir en la provincia y no estar impedido física, psíquica o sensorialmente para el desempeño de la función de jurado. Quedan excluidos personalidades del Estado (Familia Real, Gobierno, diputados, concejales,...), abogados, jueces, miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y funcionarios de prisiones.
• 150 euros es la multa por negarse al deber de ser jurado en caso de ser citado la primera vez. Si se reincide, se eleva a 1.500 euros.
• Excusas para negarse. Ser mayor de 65 años, haber ejercido ya de jurado en los últimos cuatro años, sufrir un grave trastorno por razón de cargas familiares, residir en el extranjero, desempeñar un trabajo de relevante interés general, o militares cuando concurran razones de servicio.