Fornes, Játar y Ventas de Zafarraya verán mermadas su autonomía municipal, así como las pretensiones de ser Ayuntamientos independientes.
De nada ha valido las mociones aprobadas tanto por los Ayuntamientos de Alhama, Arenas del Rey o la propia de Mancomunidad de Municipios, a favor de la independencia o segregación como municipios de las tres entidades locales de la Comarca alhameña (Fornes, Játar y Ventas de Zafarraya).
Hace poco más de un mes, la Diputación de Granada anunciaba en una nota de prensa su apoyo a la segregación de cuatro ELAS de la provincia de Granada (tres de la comarca alhameña), aprobando por pleno tal asunto. Además el portavoz y diputado José Torrente (en la imagen) afirmaba: “Creemos en la autonomía de estas entidades y en sus posibilidades. No tenemos ninguna objeción que hacer. En todo caso, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía es el competente para resolver sobre este tema y pronunciará su criterio". Pero no ha sido como afirmaba el diputado popular, sino que el Partido Popular nacional y el gobierno no han visto con buenos ojos este tipo de segregaciones, echando por tierra los argumentos de la propia diputación.
Después de todas las gestiones y esperando que la Junta de Andalucía se pronunciara, el consejo de ministros ha decidido tras un informe aprobado el día 13 de julio, suprimir las entidades locales municipales a través del anteproyecto de ley de racionalización y sostenibilidad de la administración local.
Todo esto ha provocado una serie de reacciones y movilizaciones desde la administración local, así como desde la Federación de Municipios de Andalucía, todos contrarios a la medida. Lo que parecía que el PSOE de Andalucía iba a rechazar, y algunas entidades aprovecharon para pasar la pelota al gobierno andaluz, se ha convertido en todo lo contrario, el gobierno del PP, ha decidido en solitario sobre este tema, sin consultar a las propias federaciones, municipios, regiones o diputaciones.
Para ello, los propios alcaldes de las entidades de la Comarca de Alhama, han manifestado su enfado con la medida, sintiéndose “ninguneados e indignados”. También la Federación de Municipios de Andalucía, ha emitido un informe con razones por las que no se deben suprimir. Entre las que se destacan la inconstitucionalidad de la medida, la argumentación del ahorro que supone, el cual es falso, ya que la mayoría tiene superávit, además de la merma de servicios de calidad a los ciudadanos, creando ciudadanos de segunda que verán recortados sus derechos. El informe completo se adjunta a continuación.
RAZONES DE LA FEDERACIÓN ANDALUZA DE ENTIDADES LOCALES MUNICIPALES (FAEM) CONTRARIAS A LA SUPRESIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES MENORES EN ESPAÑA. SEGÚN INFORME APROBADO POR EL CONSEJO DE MINISTROS EL DIA 13-7-2012, SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE RACIONALIZACIÓN Y SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL. Introducción El mapa de España muestra la existencia de numerosos núcleos de población que carecen de instituciones municipales propias que dirijan y gestionen los asuntos que afectan a los peculiares intereses de sus ciudadanos. Y, como consecuencia de ello, el tradicional olvido de dichas poblaciones de que vienen haciendo gala todas las Administraciones Publicas y las Corporaciones Municipales, situando a muchos ciudadanos en un injusto plano de inferioridad. Esa realidad no va a verse afectada por el hecho de que se supriman Entidades locales Menores o se impida la creación de nuevos Municipios. Lo lógico sería que la propia población, en la forma en que se asiente en unos lugares u otros, marque la desaparición de unas Entidades y el nacimiento de otras. Primera. El planteamiento de la supresión de las EATIM, es profundamente erróneo, pero que se pretende convertir en verdad indiscutible a fuerza de repetirse: no son los Municipios más poblados los que mejor funcionan, si tomamos como base el déficit público, el mundo local en general tiene un escaso déficit en relación con el que tiene el Propio Estado o la Comunidad Autónoma, y en particular en las EATIM, prácticamente es inapreciable, entre otras cuestiones por la casi imposibilidad legal de endeudarse, pues la Ley 2/2004 de Haciendas Locales, establece que las operaciones de crédito en las EATIM, deben ser ratificadas por el Municipio matriz y este en muchas ocasiones lo impide. Segunda. Siendo Entidades además que tienen una gestión muy directísima a un costo bajo, ya que los alcaldes de las Eatim, no cobran en muchos casos y en otros lo hacen con salarios muy bajos, pero a la vez ejercen funciones de administrativos, fontaneros, electricistas, albañiles, animadores socioculturales, jardineros, ect,ect… y ahorran en todo caso a la Entidad Local Menor uno o dos puestos de trabajo, con lo cual el Estado no ahorra nada con la supresión de las Eatim, ya que la financiación de estas, proviene de la participación en los tributos del Municipio, ya que los impuestos Municipales se van a tener que ir ingresando, y los servicios públicos prestando, no es cierto el supuesto ahorro, que además no viene definido de forma específica en el caso de la supresión de las Entidades Locales Menores en el informe del Ministerio de Hacienda y AAPP, que se obtendría con la injusta medida anunciada y aprobada por el Consejo de Ministros de fecha 13-7-2012 en versión informe sobre el anteproyecto de la Ley de Racionalización... de la Administración Local. Es más podemos afirmar desde la experiencia que los servicios de proximidad siempre son mejor prestados desde la administración más cercana, principio de subsidiariedad de la Carta Europea de Autonomía local………., está más que demostrado que los Pueblos con capacidad de Autogobierno, prosperan, y sus ciudadanos tienen mayor calidad de vida, sin embargo pagando los vecinos los mismos impuestos locales, se ven plasmados estos impuestos en inversiones e infraestructura, en actividades culturales, deportivas, ect,ect teniendo un Gobierno local a través de una Eatim, de lo contrario este automatismo es casi imposible que se dé, y la experiencia nos da la razón, pues en todos aquellos núcleos de población que han pasado de ser un mero barrio de un Municipio a Eatim, solo en la primera legislatura de existencia han cambiado de arriba abajo, para mejor en todos los aspectos y en particular en uno fundamental: que es la fijación de los jóvenes en esos Pueblos, y por tanto la corrección de la despoblación del medio rural, algo tan importante, y que tantas vertientes positivas tiene de gran calado económico, ecológico, social y político y se pueden poner muchos ejemplos de Entidades Locales menores más recientes, como : Valderrubio, la guijarrosa, Castil de campos, Ochavillo, Zahara de los Atunes, Marismillas, El palmar de Troya, Isla Redonda, Balanegra, Fuente Carreteros, San Martin del Tesorillo, La estación Linares Baeza, Carchuna-Calahonda, Torrenueva, y si nos remontamos a las mas históricas tales como: Encinarejo, la Barca de la Florida, Torrecera, Guadalcacin, El torno, San Isidro de Guadalete, Nueva Jarilla, Estella del Marques, El Marmol, La Redondela entre otras muchas más y, desde luego, también debemos decir que Municipios que fueron suprimidos en los años 70, como Fornes, jatar, luego tras el abandono por parte del Municipio matriz Arenas del Rey, se volvieron a constituir en EATIM, a partir de entonces ceso el abandono al que estuvieron sometidos estos dos Pueblos. Tercera. Ahora bien si lo que se pretende con la supresión de las EATIM, es que se vuelva al abandono de los Pueblos, a la merma de la calidad de vida de los ciudadanos que viven en las EATIM, como consecuencia de que no existe nadie que se preocupe de prestar en ellos servicios básicos de calidad, dado que desaparecen los representantes elegidos mas democráticamente de España, se tiene el camino servido para ello, pero se estará cometiendo el mayor atropello que desde un Gobierno Estatal se puede imponer, con unas consecuencias irreparables y lo peor de todo en nombre de una institución democrática que el Partido que la sustenta, nunca ha puesto en programa alguno esta propuesta de supresión de las Eatim, todo lo contrario en reuniones con miembros del Ministerio de Hacienda y AAPP, se nos ha dicho que no había nada de esto en la mente del Gobierno, ni tampoco ha consultado ni siquiera a modo de audiencia previa a los afectados que muchos por su historia, cultura idiosincrasia, Entidad e identidad propias y distancia al núcleo matriz, son más que viables, teniendo en cuenta que existen servicios públicos y prestaciones que no pueden ser aplicadas de forma matemática como si de una empresa se tratara, ya que en muchas ocasiones los beneficios de tener un Pueblo con una serie de servicios de proximidad a la población, son incalculables, ¿como se puede valorar que la existencia del Pueblo-EATIM como tal, haga que no se masifiquen las zonas urbanas? O ¿como se evalúa que el mejor defensor del medio ambiente, es que exista una población cercana asentada en el mismo? Y ¿que no desaparezcan determinados cultivos o ganaderías en peligro de extinción? O ¿que para arreglar un documento tengas que desplazarte a 20 kms, por una carretera en mal estado? O ¿que a la persona que votes, sea una persona ajena a tu realidad desconocida y poco cercana a tus problemas? O ¿ que las actividades culturales, deportivas, sociales, se diseñen para formatos adecuados al contexto del lugar?, ¿o como se evalúa que por tener capacidad de Autogobierno a través de la EATIM, puedas prestar estos servicios básicos a los tiene derecho a disfrutar la población?: Calles arregladas, agua potable, alcantarillado, recogida de residuos sólidos, alumbrado público, cementerio, ferias y fiestas propias, parque y jardines, biblioteca pública, instalaciones deportivas, está más que demostrado que el no tener potestad de autogobierno hace que todos estos servicios básicos que se deben tener en los Pueblos con un cierto número de habitantes, o no se tienen o llegan mucho mas tarde. Lo que hace que estos núcleos prosperen se cree empleo y riqueza como consecuencia de que la sociedad está viva y la EATIM, es el primer motor de ese desarrollo local. Cuarta. No es posible, ni deseable, que todos los Municipios de España tengan una población mínima de 20.000 habitantes. Es la voluntad de los vecinos, la que debiera jugar un papel decisivo en este asunto, la Rumania de Chauchescu, obligaba a la gente al abandono de los Pueblos Rurales pequeños e irse a las grandes Ciudades, para que así los servicios públicos fueran muy baratos, no creo que ese modelo denostado se quiera imponer en España aunque sea en una pequeña proporción, ya que si las Eatim desaparecen es tanto como destruir y abandonar los Pueblos más rurales de España, pues la merma de servicios y la pérdida de la Entidad e identidad propias acabara con ellos. Quinta. Se hace, pues, necesario un cambio radical del enfoque del tema de de la racionalización de la Administración local, para permitir que puedan seguir existiendo los núcleos de población, que reúnan los requisitos objetivos previstos tradicionalmente en el marco de las Leyes Básicas en esta materia, en particular las Entidades Locales menores son el germen de la administración local desde antes que los propios Municipios existieran, e incluso que el propio Estado como tal, por tanto hunden sus raíces en la noche de los tiempos y además están más que asentadas en el territorio nacional y son la salida acertada y pacifica a las ansias segregacionistas que muchos núcleos de este tipo hubieran perseguido y conseguido de no estar contemplada la figura de las Eatim en las Leyes. CONCLUSIONES: A) LA SUPRESIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES MENORES VULNERARÍA A NUESTRO JUICIO LOS SIGUIENTES POSTULADOS Y PRINCIPIOS: El Artículo 137 de la Constitución Española garantiza la autonomía de los núcleos separados de población; lo mismo proclama y garantiza la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, lo ratifica el Texto Refundido de Disposiciones en Materia de Régimen Local y se encuentra desarrollado en el vigente Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales. Esos principios, enlazan con otro fundamental principio, más que constitucional, de mera y elemental Humanidad, que proclama la igualdad de todos los ciudadanos ante la Ley. Porque, en efecto, la Constitución Española, en su Artículo 14, consagra el derecho fundamental de igualdad de todos los españoles ante la Ley; derecho que desarrolla el Artículo 139 de nuestra norma fundamental al proclamar que todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado. Este derecho fundamental vincula a todos los poderes públicos y tiene su garantía específica en el Artículo 53 de la propia Constitución. B) No es cierto que suponga ahorro alguno para el Estado, ya que las Entidades Locales Menores, se nutren de la participación en los tributos del Municipio fundamentalmente, con lo cual no existe recorte de gasto alguno, a no ser que no se presten o se presten mal los servicios mínimos a la población de las Entidades Locales menores, algo que sería ilegal e incluso delictivo. C) El nivel de calidad de los servicios públicos que prestan las EATIM, están dentro de la media, en aquellas poblaciones-EATIM que tienen un nivel básico de financiación tal y como dice la ley de Haciendas Locales, pudiendo afirmar que en muchos casos la relación calidad costo es mucho menor que si fueran prestados por el Municipio matriz, por ejemplo el servicio de limpieza, mantenimiento, electricidad, fontanería, albañilería, de jardinería, la propia administración, y la Corporación local, etc.. en sí, son mucho más baratos los prestados por los empleados públicos de la EATIM, y los cargos electos de la Eatim, que los del Municipio, pues en la mayoría de los casos los empleados públicos de los Municipios, tienen unos salarios superiores a los empleados de las EATIM, igualmente pasa con los políticos que en muchos casos cobran solo dietas, y si están liberados a su vez hacen el trabajo de uno o dos operarios, que a su vez se ahorran. Por tanto muchas de estas Entidades no solo son rentables si no beneficiosas para el Estado y la sociedad en general, ya que con muy poco dinero hacen muchas actuaciones, en términos relativos el euro invertido en una Eatim, es más rentable de media que el que se invierte en el Municipio, ya que con el mismo dinero se realizan mas actuaciones. D) Las EATIM, están obligadas por Ley a dar cuenta de su gestión a los organismos competentes, en la forma establecida, y de ello son responsables no solo los Alcaldes si no también los secretarios interventores que en muchos casos son los del Municipio, y las Subdelegaciones del Gobierno en las Provincias, así como el propio Ministerio de Hacienda, las cámaras de cuentas autonómicas y el tribunal de cuentas en el caso de que no se remitan las liquidaciones del presupuesto, no solo requieren las mismas, sino que aquellas EATIM, que no presenten las liquidaciones, son castigadas sin subvenciones, por tanto mecanismos de requerimiento y de sanción existen en esta materia y justamente creemos que no se pueden suprimir las EATIM, basándose en tan burda excusa como es que el 70% de las EATIM, no presentan cuentas, ya que si así fuera que lo dudamos seria el propio Estado el que está incumpliendo dado que este a través de múltiples mecanismos debe requerir e incluso denunciar a quien no lo haga. Esta afirmación es errática y dicha así en un informe no es cierta dado que es el propio Estado el que debe controlar la situaciones que existan en ese campo. Todos sabemos que cuentas nos presenta el Estado, de forma irregular, mintiendo en muchos de sus parámetros, como por ejemplo establecer un déficit que no es cierto, o Gobiernos de la Nación, que aprueban medidas que unos días antes estaban diciendo a la sociedad en general que nunca tomarían. Sin embargo por esta irresponsable y casi delictiva forma de gobernar, nadie propone suprimir incluso al propio Estado, tal y como está concebido y reconsiderar otra forma de Estado. Pues lo que no hace el Gobierno para sí mismo no lo debería de imponer en el caso que nos ocupa para las EATIM. E) Son muchos los Municipios que tienen menos habitantes y recursos que las Entidades locales Menores y por ello creemos que no debería suprimirse ninguna EATIM, salvo aquellas que no tengan funcionamiento alguno y se demuestre su total inviabilidad, ya sea por su escaso número de habitantes o por unos ingresos escasísimos que no sean suficientes para prestar las atribuciones propias o transferidas que presten en la actualidad. Aunque una solución para estos puede ser el auxilio desde las Diputaciones. F) Que en las Comunidades Autónomas que tengan transferidas las competencias en materia de régimen local, serán estas las que deben legislar en esta materia, sin intromisiones por parte del legislador Estatal, sobre todo en cuanto a las EATIM, ya que la vigente Ley 7/85 RBRL, establece que las leyes de las CCAA, serán las que entiendan de este tipo de Entidades Locales de ámbito territorial inferior al Municipio. Andalucía a 14 Julio de 2012 EL Presidente. El Secretario General. Fdo. Antonio Martin Cabanillas. Miguel Gregorio Martínez. |
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Las imágenes corresponden a políticos y vecinos de Arenas del Rey, Fornes, Játar y Ventas de Zafarraya, el día que los respectivos Ayuntamientos matrices aprobaban dichas segregaciones en 2011.