En el Anuncio de 13 de Mayo de 2019, de la Empresa Pública Verificaciones Industriales de Andalucía, S. A. (VEIASA), publicado en el BOJA nº 106 del 05 de junio de 2019, se hace pública la apertura del proceso de selección de empleo temporal para personal administrativo para el período 2019-2022.
Requisitos:
• Titulación académica requerida: Grado Medio Técnico en Gestión Administrativa o Grado Superior Técnico Superior en Administración y Finanzas.
Alternativamente, en el caso de disponer de una titulación mínima de Graduado Escolar y poder justificar, al menos 360 días de experiencia laboral o en prácticas como administrativo/a en alguna estación de ITV acreditada, la candidatura sería también admisible.
• Tener la nacionalidad española o cualquiera otra legalmente establecida.
• Tener al menos 18 años de edad, y no exceder de la edad ordinaria de jubilación establecida.
• No padecer enfermedad ni tener limitación física o psíquica incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones propias de la ocupación a la que se opte
• No haber sido separado/a definitivamente de cualquiera de las Administraciones Públicas, poderes públicos u organismos vinculados o dependientes, ya sean nacionales o extranjeros, ya sea como funcionario, como personal laboral o estatutario, ni hallarse inhabilitado en absoluta o especial para empleados/as o cargos públicos.
En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
• No haber obtenido la calificación de “No apto” en el cuestionario de evaluación interna de VEIASA.
• No incurrir en causa de incompatibilidad para el desempeño del puesto de trabajo en virtud de lo regulado en el Art. 12 de la Orden de 15 de julio de 1985, por la que se aprueba la organización y régimen jurídico de la concesión del Servicios de Inspección Técnica de Vehículos en Andalucía, según el cual ni el personal de la empresa, ni sus parientes hasta el primer grado de consanguinidad podrán tener participación en:
• Actividades de transportes terrestres por carretera.
• Comercio de vehículos automóviles.
• Talleres de reparación o centros de diagnosis de vehículos.
• Gestarías administrativas.
• Compañías o mutuas aseguradoras en el ámbito de automoción.
• Peritos tasadores y agentes de seguros del campo del automóvil.
• Estar en posesión, o en condiciones de obtener, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, de la titulación exigida para la ocupación a la que se opta y que se indica en el Anexo I (Ficha de ocupación). En los casos de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación, en su caso.
• Estar en posesión, o en condiciones de obtener, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el Carnet de conducir tipo B.
Plazo de presentación: hasta el 12 de junio del 2019.
Medios para la presentación de solicitudes:
La solicitud de admisión se presentará vía telemática a través de la web pública de VEIASA: www.veiasa.es.
Para presentar tu candidatura presenta, entra en el siguiente enlace: https://veiasa.azurewebsites.net.
Documentación:
La solicitud debe ir acompañada de la siguiente documentación:
• Titulación académica exigida en la convocatoria, o en su defecto, el certificado supletorio del mismo.
• Permiso de conducir tipo B.
• En su caso, Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictamina el grado de discapacidad del solicitante y certificado de capacidad funcional.
• Certificado del puesto de trabajo desempeñado.
Admisión:
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y en el plazo máximo de 10 días hábiles, salvo causa de fuerza mayor, se hará pública en la web de VEIASA, la realización provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as del proceso selectivo.
Se dispondrá de 5 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación provisional, para subsanar, en su caso, el defecto que haya motivado la exclusión u omisión en las relaciones de admitidos/as.
Para más información pulse los siguientes enlaces:
> https://www.veiasa.es/node/1318.
> Anexo 1. Bases del proceso.