¿Quieres trabajar en el Ayuntamiento de Granada?



El pasado 8 de noviembre se convocaron en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada (BOP de Granada, num. 214, pag. 37) 34 plazas de las siguientes ocupaciones:

• 17 plazas de Trabajador/a Social
• 13 de Educador/a Social
• 4 plazas de Psicólogo

Plazo de solicitud: hasta el 22 de noviembre de 2018.

Requisitos:
• Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
• Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
• Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
• No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
• Estar en posesión de las titulaciones siguientes: Trabajador/a Social, Diplomatura o Grado en Trabajo Social. Educador/a Social, Diplomatura o Grado en Educación Social, o Habilitación profesional a que se refiere el Art. 23,b) de la Orden de 3 de mayo de 2018 (conforme a lo establecido en la disposición transitoria cuarta de la Ley 9/2005, de 31 de mayo, de creación del Colegio Profesional de Educadores Sociales de Andalucía). Psicólogo/a: Licenciatura o Grado en Psicología.

Solicitudes. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento y/o en las Oficinas Desconcentradas de Información y Registro de las Juntas Municipales de Distrito o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según los dispuesto en la Disposición final séptima.

Proceso de selección: El procedimiento de selección constará de una fase de concurso y una prueba de conocimientos:
• Fase de Concurso. Se valorará la experiencia profesional, la formación y los ejercicios aprobados en la misma categoría o similar.
• Prueba de Conocimientos: Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico para la cual habrá de conocerse la normativa de aplicación al área de competencias atribuidas a las necesidades a cubrir, siendo los conocimientos mínimos a exigir propuestos por la Coordinación General de Derechos Sociales, Educación y Accesibilidad.

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