Asaja-Granada edita 8.000 trípticos para difundir la lucha y prevención contra incendios forestales. Un convenio firmado entre esta organización y Egmasa posibilita la celebración de actividades informativas de prevención en distintas comarcas granadinas incluida la de Alhama.
01/09/2006.- Asaja-Granada ha editado 8.000 trípticos informativos sobre la prevención y lucha contra los incendios forestales con un amplio y útil contenido sobre planes de prevención, uso del fuego en labores agrarias, detalle de épocas y zonas de peligro y teléfonos y direcciones de interés, con el fin de concienciar al sector acerca de mantener siempre una actitud de responsabilidad con el entorno y reducir riesgos. La organización realizará, además, actividades informativas de prevención en las comarcas de Alhama, Altiplano (Baza y Huéscar), Iznalloz, Alpujarra, Costa, Vega, Montefrío y Valle de Lecrín.
En el resto de provincias andaluzas también se llevará a cabo esta labor de difusión, gracias al convenio firmado el 22 de mayo de 2006 entre Asaja-Andalucía y Egmasa que incluye, además, otros compromisos para la divulgación, asesoramiento y apoyo a la gestión medioambiental en materia de flora y fauna, diversificación del paisaje agrario, impacto de cebos envenenados y aprovechamiento de biomasa.
Desde esta organización agraria también se está haciendo un gran esfuerzo en la difusión de las normas comunitarias en materia de Aplicación de la Condicionalidad en las Ayudas Directas de la PAC que impiden la quema rastrojos correspondientes a cultivos de leguminosas, proteaginosas y cereales, salvo que la quema haya sido autorizada por razones fitosanitarias, así como de la difusión de las leyes nacionales y autonómicas relativas a prevención de incendios, tal es el caso de la Orden de la Consejería de Medio Ambiente, publicada el 14 de junio (BOJA nº 113) que modifica excepcionalmente la normativa para 2006 dadas las condiciones extremas de sequía en la comunidad autónoma andaluza, prohibiendo la quema de residuos agrícolas entre el 15 de junio y el 15 de octubre.
Planes de prevención y uso del fuego
Los trípticos resumen la parte correspondiente del Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales (Decreto 247/2001 de 13 de noviembre) sobre el uso del fuego, el cual viene a desarrollar la Ley 5/1999 sobre esta materia. Resaltan los siguientes aspectos: a) exigencia a todos los propietarios de terrenos forestales de elaborar un Plan de prevención que contenga características y distribución de vegetación, situación del terreno, valoración de riesgo de incendios y caminos y puntos de agua; b) obligatoriedad de pedir autorización administrativa previa en zonas forestales o de influencia forestal, solicitada con una antelación mínima de 30 días y en zonas a más de 400 metros de monte o terreno forestal presentar comunicación a la Delegación Provincial de Medio Ambiente con antelación de 10 días; c) observación al respecto de unas normas generales como son: -mantener en caminos, pistas o fajas cortafuegos limpios de residuos o desperdicios y libres de obstáculos que impidan la maniobra o tránsito de vehículos - rodear los emplazamientos de aparatos de soldadura, grupos electrógenos, motores, equipos fijos de explotación eléctricos y transformadores eléctricos de unos cortafuegos perimetrales de anchura mínima de 5 metros - evitar el derrame en llenado de combustible de motosierras y motodesbrozadoras y no arrancarlas en el lugar donde se está repostando - no fumar mientras se manejan motosierras, desbrozadoras - disponer de extintores de agua y reserva de ésta en cantidad no inferior a 50 litros por persona o extintores de espuma o gas carbónico cuando existan motores de explosión, y d) observación de normas específicas según se trate de quemas de matorral y pastos, rastrojos y residuo agrícolas, cultivos herbáceos o utilización de calderas de destilación y hornos de carbón y piconeo y trabajos en colmenas como tiempo de vigilancia del fuego, horas y condiciones climáticas apropiadas.
Zonas y épocas de peligro
Las zonas de peligro de incendios y épocas de peligro que se detallan en los trípticos vienen establecidas según un decreto posterior. De acuerdo a él se fijan con carácter general como épocas de peligro ALTO los meses de julio, agosto y septiembre, como épocas de peligro MEDIO, los meses de mayo, junio y octubre, y como épocas de peligro BAJO los meses de noviembre a abril. Se consideran zonas de NO PELIGRO los municipios de: Armilla, Benalúa, Cijuela, Cúllar Vega, Chauchina, Churriana de la Vega, Fuentevaqueros, Las Gabias, Gobernador, Huétor Tájar, Huétor Vega, Jun, Maracena, Moraleda de Zafayona, Morelábor (Moraleda + Laborcillas), Ogíjares, Peligros, Pinos Puente, Pulianas, Purullena, Salar, Santa Fe, Torre Cardela y Vegas del Genil (Ambroz+Belicena+Purchil). El resto de municipios de la provincia, es decir 144 de los 168, son por exclusión zonas de peligro. La Orden de 14 de junio modifica las épocas de peligrosidad alta y la extiende hasta el 15 de octubre.