El 5 de agosto la Dirección General de Bienes Culturales publicaba una resolución (BOJA, Nº 153) que modifica la delimitación de los espacios alhameños catalogados como BIC, con la tipología de Conjunto Histórico.
Ello supone la práctica totalidad del casco urbano y su entorno, incluido el paraje de los Tajos desde la presa de Alhama hasta el Balneario.
Desde 1975 apenas se había dado un paso en la protección del paisaje urbano y natural de Alhama. Habría que esperar hasta el Decreto 2973/1975, de 31 de octubre (BOE núm. 284, de 26 de noviembre) para la primera declaración del conjunto histórico-artístico del casco antiguo de la ciudad de Alhama de Granada, y de los Tajos como paraje pintoresco. Conjunto histórico-artístico que para adecuarlo a la normativa vigente pasó a tener en 1985 la consideración de Bien de Interés Cultural, en tanto que los Tajos que rodean la ciudad con la categoría de paraje pintoresco no han tenido modificación alguna.
Por ello, ahora, según se indica en la mencionada resolución, ha procedido a revisar y ampliar la consideración de BIC pues en la anterior resultaba “imprecisa la delimitación espacial vigente”. Con ello se pretende “ajustarlo con precisión al área urbana en la que concurren los valores históricos, edificatorios, monumentales, artísticos, etnológicos, ambientales y paisajísticos”. Al mismo tiempo establecen cuatro las zonas: Los Tajos, los Baños árabes, el Barrio Alto y el Barrio de la Joya que supone la práctica totalidad el casco urbano y del entorno de la ciudad, al incluirse los Tajos y El Balneario.
Los Tajos
En cuanto a la inclusión de los Tajos dentro del Conjunto Histórico de Alhama de Granada se justifica al considerarlo “fundamental para la comprensión del Bien de manera global, sobre todo por la existencia de contenidos históricos y etnológicos”. Como "argumentos importantes" para su protección se especifican la existencia de asentamientos humanos anteriores a la fundación del pueblo, conexiones relacionadas con el abastecimiento y asedio de la localidad, construcción de ermitas, etc.) y etnológicos (acequias y molinos fundamentalmente). Otro aspecto relevante es la humanización de dicho espacio que sumados a los valores naturales certifican "su condición cultural y, por tanto, su inclusión dentro del ámbito de protección del conjunto histórico". Así mismo, se destaca su vinculación a la historia de la ciudad como lo demuestran la pervivencia de elementos islámicos como los silos o mazmorras, la Mina o las escalerillas del Diablo. "Así pues, se considera que la unidad orográfica de los mismos (desde la zona del embalse hasta el núcleo urbano, incluyendo la zona de las Parras) es la que debe incluirse en su totalidad dentro del Conjunto Histórico, sin atender a fragmentaciones derivadas de la mayor o menor nitidez de los rasgos propios de este accidente geográfico, ya que la inclusión de los Tajos dentro del Conjunto Histórico de Alhama de Granada es fundamental para la comprensión del bien de manera global".
Los Baños
En referencia a los Baños, se indica que “se debe a la histórica vinculación que el balneario ha mantenido con la población”. Entre las argumentos empleados recurre al grabado de Jorge Hoefnagle incluida en «Civitates Orbis Terrarum» de 1535, (por cierto esta fecha es errónea ya que enn el grabado de Alhama aparece junto a la firma del autor el año 1564) en la que se representa la ciudad y los baños en un mismo plano, por lo que “diferenciar su protección de la instituida para el conjunto urbano de Alhama de Granada supondría desvirtuar uno de los principales valores o significados que justifican su protección”.
Además de este histórico documento se hace alusión a la vinvulación física a través del río Alhama, al tiempo que aclara de que "los Baños no son simplemente una construcción aislada sino que aparecen enormemente enriquecidos por los valores paisajísticos y culturales de su territorio inmediato, lo cual es, como decimos, una continuidad de lo sucedido entre los Tajos y la localidad".
Las calles Altas
Para la tercera zona en la que se incluyen las calles más altas situadas en torno al convento de San Diego se argumenta que “son calles y construcciones que aunque, algo posteriores, mantienen una continuidad espacial y constructiva con las situadas más abajo y de mayor antigüedad”.
Las calles Altas
Para la tercera zona en la que se incluyen las calles más altas situadas en torno al convento de San Diego se argumenta que “son calles y construcciones que aunque, algo posteriores, mantienen una continuidad espacial y constructiva con las situadas más abajo y de mayor antigüedad”.
Además de la continuidad espacial y constructiva indica que las viviendas de protección oficial construidas en los años ochenta tras el convento de San Diego, (el barrio de San Diego) "disponen de gran unidad y dignidad arquitectónica" por lo que se considera que "existen suficientes razones en pos del reconocimiento y mantenimiento de la unidad urbana del asentamiento histórico de Alhama de Granada, para que esta zona en torno al convento de San Diego se incluya dentro de la delimitación del conjunto histórico".
El Barrio de La Joya
Por último, se refiere al barrio de la Joya, y tras señalar su origen para satisfacer las necesidades de la población tras la destrucción provocada por el terremoto de 1884 en la Hoya del Ejido, destaca “la regularidad de su trazado y la interrelación entre éste y la composición y tipologías arquitectónicas, lo que le confiere un enorme valor urbanístico, aumentado por su buen mantenimiento”.
El Barrio de La Joya
Por último, se refiere al barrio de la Joya, y tras señalar su origen para satisfacer las necesidades de la población tras la destrucción provocada por el terremoto de 1884 en la Hoya del Ejido, destaca “la regularidad de su trazado y la interrelación entre éste y la composición y tipologías arquitectónicas, lo que le confiere un enorme valor urbanístico, aumentado por su buen mantenimiento”.
También indica que se distinguen en esta barriada tres partes diferenciadas: El Imparcial, Buenos Aires y el nuevo barrio de la Joya que considera "un hecho excepcional y será una de las claves que marque el desarrollo urbano durante el siglo XX, es decir, la colmatación urbana y arquitectónica del barranco del Aserradero".
Zona de entorno
A estas cuatro zonas se añade lo que denomina “una zona de entorno (…) tenida en cuenta la ubicación del núcleo en lo alto de un promontorio rodeado de colinas, situación que determina la existencia de una interrelación visual relevante entre el conjunto histórico y su territorio circundante. Especialmente significativas son las visuales desde el norte, en los accesos desde la carretera de Granada y desde las colinas al este de la ciudad”.
Por todo ello, finaliza la resolución, con la necesidad de proteger el legado patrimonial de la población de Alhama de Granada al tiempo que se proporciona “una herramienta funcional para la protección de los bienes integrantes del conjunto histórico, favoreciendo así un desarrollo coherente de las intervenciones previstas en dicho conjunto y de su planeamiento urbanístico”. Se completa la misma con una amplia descripción y delimitación literal y gráfica incluida en varios anexos.
- Ver resolución: BOJA Número 153 de 2010