IU registra una moción para declarar Alhama municipio libre de desahucios

Izquierda Unida


 No es la primera vez que la portavoz de Izquierda Unida de Alhama, Ámala Fernández, se interesa por esta cuestión, que incluso ha desarrollado jornadas al respecto y ha asesorado a quien se ha interesado por estas cuestiones.

Literalmente la moción registrada es la siguiente:

Dª Ámala Fernández Iglesias portavoz del grupo político municipal de IULV-CA presenta al Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Alhama para su debate y posterior aprobación, la siguiente moción:

DECLARACIÓN ALHAMA COMO MUNICIPIO LIBRE DE DESAHUCIOS

 Todo ser humano tiene reconocido el derecho a disponer de una vivienda digna. Este derecho se fundamenta en un conjunto de artículos que obligan a las administraciones locales, autonómicas y estatales a hacerlo efectivo.

 El artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad”.

 El artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), los Estados Partes “reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento”.

 El artículo 47 de la Constitución Española establece que todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Igualmente, exhorta a los poderes públicos a promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general, para impedir la especulación.

 La Constitución configura el derecho a la vivienda como un principio rector de la política social y económica, de tal forma que su contenido exige la actuación positiva de todos los poderes públicos con competencias en la materia, incluyendo a la Administración Local.

 Una de las más graves consecuencias de la situación económica actual es que numerosas familias no puedan atender el cumplimiento de las obligaciones derivadas del pago de las rentas de arrendamiento o, en su caso, de los préstamos o créditos hipotecarios celebrados para adquirir su vivienda, siendo doblemente castigadas por dicha crisis financiera, al perder no solo sus empleos sino también sus casas. Situación en la mayoría de los casos generada por la poca vigilancia por parte de las entidades financieras de unas condiciones hipotecarias justas y prudentes, utilizando su situación de privilegio para cerrar hipotecas abusivas en multitud de casos.

 Ante esta situación las Administraciones Locales no pueden permanecer impasibles y deben realizar cuantas actuaciones sean necesarias para dar amparo a la ciudadanía, al objeto de hacer efectivo el derecho a una vivienda, lo que en muchas ocasiones obliga a los poderes públicos a restablecer el equilibrio en las relaciones de consumo entre las entidades financieras y la ciudadanía.

 En este sentido, desde los Ayuntamientos se deben poner en funcionamiento programas en defensa de los ciudadanos y ciudadanas, para su asesoramiento, la intermediación y la protección de las familias que se encuentren en riesgo de ser privadas de su residencia habitual y permanente.

 Los Ayuntamientos, como administración más cercana a los ciudadanos y ciudadanas, y conocedores de los problemas, necesidades y demandas de su vecindario, tienen la obligación de corregir la preocupante situación de desamparo en las que se encuentran miles de familias, asfixiadas por el paro y por unas hipotecas que esta crisis, de la que no son responsables, las han convertido en inasumibles.

 El ayuntamiento de Alhama no puede permanecer ajeno a este drama que afecta a muchos de sus vecinos y vecinas y debe actuar sobre las personas y familias amenazadas de desahucios.

Es por ello que el Grupo Municipal de IU presenta la siguiente propuesta de acuerdo:

1. Que el Ayuntamiento de Alhama se declare públicamente “Municipio Libre de Desahucios”.
2. El Ayuntamiento de Alhama se compromete a emprender medidas municipales con el objetivo de garantizar el derecho a la vivienda de la población y hacer frente a la emergencia habitacional.
3. Los suministros de agua, de energía eléctrica y de gas, son bienes básicos que deben ser garantizados para todas las familias. En consecuencia, la Corporación Municipal establecerá la normativa que garantice que las familias en riesgo de exclusión social dispongan de los suministros mínimos anteriormente nombrados.
4. Elaborar un Plan Municipal de Vivienda que contemple y regule debidamente las medidas de fomento para cubrir las demandas de emergencia habitacional.
5. El Ayuntamiento fomentará el régimen de alquiler social de la multitud de casas vacías que existen en Alhama , para realojar a personas y familias desahuciadas.
6. El Ayuntamiento de Alhama creará un registro de personas afectadas por situaciones de potenciales desahucios y que vivan bajo el umbral de la pobreza a fin de realizar el seguimiento fehaciente de sus carencias.
7. El Ayuntamiento se opondrá a cualquier desahucio de vivienda en la que se encuentren viviendo menores.
8. Revisar los protocolos de actuación de sus servicios sociales en casos de desahucio (seguimiento de los casos de familias que han sido desahuciadas, atención de hijos menores, etc) y solicitará al juez la suspensión del desahucio cuando éste sea por motivos económicos y se refiera a la vivienda única y habitual.
9. Crear una oficina de Atención Ciudadana  para  las familias víctimas de un desahucio o ejecución hipotecaria en todos los casos que necesiten el asesoramiento, la intermediación y, en su caso, la protección adecuada para prevenir la pérdida de su residencia habitual y permanente.
10. En los casos en que no se pueda impedir el desahucio, el Ayuntamiento se compromete a propiciar el realojo provisional en una vivienda de su titularidad. Este realojamiento se hará en régimen de alquiler social asequible de las personas que hayan sido privadas de su vivienda habitual y permanente por razón del desahucio o lanzamiento por ejecución hipotecaria o ejecución arrendataria en virtud de resolución judicial y se encuentren en situación de riesgo de exclusión social.
11. El Ayuntamiento se dirigirá a las entidades financieras que operan en el municipio para pedirles la paralización de los desahucios de familias en riesgo de exclusión social y el cumplimiento de los criterios de la jurisprudencia europea en materia de deuda tributaria. En caso de no obtener respuesta satisfactoria por parte de alguna de ellas, se estudiará la aplicación de medidas adecuadas para conseguir los efectos pretendidos.
12. Elaborar un censo de viviendas vacías propiedad de bancos o entidades financieras con el fin de ser utilizadas para realojar a familias que no disponen de viviendas.
13. El Ayuntamiento facilitará, aplicando para ello las medidas que resulten oportunas, que las entidades financieras pongan su stock de viviendas cerradas a disposición de los programas municipales de alquiler social.
14. El Ayuntamiento no colaborará con ninguno de sus recursos, en los procedimientos de lanzamiento.
15. El Ayuntamiento se compromete a apoyar institucionalmente a cuantos foros, plataformas y convocatorias se organicen en defensa del derecho a la vivienda.
16. Instar al Gobierno de la Junta de Andalucía a emprender las acciones que sean necesarias, más allá de las que ya se han puesto en marcha, para impedir que familias en riesgo de exclusión social sean desahuciadas.